La Corte de Apelaciones dice que el Gobierno “no ha aportado ninguna prueba” de que las personas afectadas supongan un peligro inminente.

La decisión de la Corte afecta a la orden ejecutiva (decreto) que Donald Trump dictó el pasado 27 de enero por la cual quedaba suspendida durante 90 días la entrada Estados Unidos de ciudadanos de siete países (Irán, Irak, Somalia, Sudán, Libia, Yemen y Siria) de mayoría musulmana previamente identificados como fuentes de terrorismo internacional. Además, suspendía durante 120 días la entrada de refugiados y de manera definitiva para los refugiados sirios.

El Gobierno de Trump argumenta que es necesario negar la entrada temporalmente a estas personas mientras se elabora una nueva política de inmigración. La decisión de la Corte dice en sus argumentos que el Gobierno “no ha demostrado que la aplicación sea necesaria para evitar un daño irreparable”. La denuncia presentada por los estados de Washington y Minnesota decía que frenando la aplicación de la orden no hay ningún peligro, ya que lo único que hace es mantener el statu quo que había hasta ahora. El fallo dice que el Gobierno no ha conseguido probar que no sea así.

Además, los jueces añaden: “El Gobierno no ha mostrado ninguna prueba de que ningún extranjero de los países nombrados en la orden haya perpetrado un ataque terrorista en Estados Unidos. En vez de presentar pruebas que expliquen la necesidad de la orden ejecutiva, el Gobierno ha adoptado la posición de que no debemos revisar su decisión de ninguna manera. No estamos de acuerdo”.

Fuente: El País