El jurado que durante una semana juzgó a Rubén Calvo Ropero de 31 años por el crimen de su exnovia, la nicaragüense Katia Altamirano Blandón de 35 años, alcanzó en cuatro horas un veredicto de culpabilidad.
Katia, era originaria del municipio El Viejo en el departamento de Chinandega y tenía siete años de residir en España. La mujer dejó en la orfandad a un hijo que ahora tiene 13 años.
El tribunal, de forma unánime, llegó a la conclusión de que el acusado mató a su expareja porque no concebía que tuviera otra relación que no fuera con él.
Lo hizo atacándola por la espalda con dos cuchillos con los que le asestó 64 puñaladas en un reducido cuarto, sin escapatoria posible ni oportunidad alguna de defensa.
Además, los miembros del jurado consideraron que es culpable de un delito de quebrantamiento de condena, ya que tenía una orden de alejamiento de su víctima por haberla maltratado con anterioridad.
Ese día, el 23 de mayo del año pasado, la llamó con insistencia hasta que la convenció para que acudiera al domicilio donde finalmente la asesinó.
Después, se arrojó desde el balcón del quinto piso donde había perpetrado el crimen, pero cayó sobre una furgoneta, que le salvó la vida.
Los miembros del jurado han considerado probado que el acusado “tiene un trastorno de personalidad antisocial, un trastorno de personalidad límite, narcicismo y es politoxicómano desde hace años”. Hecho que, según han visto favorable, “habría motivado una trayectoria vital de problemas psicológicos conductuales”.
Aun así, el jurado ve válido que el acusado, cuando causó la muerte de Katia, “no tenía ninguna afectación de sus facultades cognoscitivas o volitivas”. Es decir, era consciente cuando mató a su expareja.
La Fiscalía, a raíz del veredicto, ha modificado la pena y solicita ahora 24 años por un delito de asesinato y un año por el de quebrantamiento de condena. La acusación popular, ejercida por José Luis Gay, el letrado de la Comunidad Autónoma, mantiene los 26 años de prisión.