El Centro de Asistencia Legal Interamericano de Derechos Humanos (CALIDH) presentó un informe sobre la situación de los derechos humanos en Nicaragua durante el año 2022, en el cual se indica que Nicaragua está en desacato a nivel internacional por no atender los mandatos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Entre los hallazgos de CALIDH, se destaca que actualmente existen más de 251 personas privadas de la libertad de las cuales, 76 son beneficiarias de medidas provisionales otorgadas por la Corte IDH.
CALIDH señaló que después del estallido de la crisis sociopolítica en abril de 2018 hubo hasta 800 personas detenidas y cita al Mecanismo para el Reconocimiento de Personas Presas Políticas en Nicaragua, para indicar que actualmente existen al menos 46 personas que están encarceladas por segunda o tercera ocasión y otras 11 han sido enviadas a arresto domiciliar.
“La situación de este grupo de personas reclusas en 2022 ha sido desalentadora en cuanto a poder ser liberadas, pues, a diferencia de años anteriores, las autoridades han optado por no liberar casi a ninguna en 2022, razón por la cual mes con mes el número de personas privadas de la libertad por motivos políticos fue aumentando en dicho año, pasando de 177 en enero 70 a al menos 251 en diciembre”, detalla CALIDH, e insiste en que el Estado de Nicaragua es el garante de que se respeten los derechos humanos.
De igual manera, CALIDH documentó un patrón de censura y castigo contra las voces opositoras y disidentes. Muchos de ellos son periodistas, sacerdotes y activistas que permanecen detenidos por el régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo.
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“Este patrón de censura y castigo se encuadra en el discurso estatal de negación de cualquier participación de los funcionarios estatales en la comisión de las violaciones generalizadas de derechos humanos perpetradas desde 2018, incluso de los crímenes de lesa humanidad. La perennidad del discurso provoca que todas las instituciones del Estado, especialmente las del sistema penal, le den validez tanto al discurso como al hecho de culpar a las voces opositoras de ser responsables del alegado intento de golpe de Estado”, considera el organismo.
Por otro lado, CALIDH consideró que leyes No. 1042, Ley Especial de Ciberdelitos; Ley No. 1055, Ley de Defensa de los Derechos del Pueblo a la Independencia, Soberanía y Autodeterminación para la Paz, entre otras, no garantizan el respeto a los derechos humanos y más bien atenta en contra de la dignidad de las personas privadas de libertad.
“El castigo en términos del ius puniendi o facultad de sancionar por el Estado en el marco estricto del principio de legalidad, sino que ese castigo es sinónimo de venganza contra las personas privadas de libertad por motivos políticos, a quienes se le adjudican conductas como poner en riesgo o violentar la soberanía nacional, la integridad o la independencia”, resalta el informe.