Pensión AlimenticiaLa organización Quincho Barrilete presentó esta propuesta, explicó Karla Nicaragua, asesora legal de esta entidad, la cual participó en la consulta desarrollada por los diputados.

 

Entre las principales disposiciones establecidas en este artículo, está la distribución de la pensión tasada de la siguiente manera: “a) Veinticinco por ciento de los ingresos netos si hay solo un hijo; b) Treinta y cinco por ciento de los ingresos netos si hay dos hijos; c) Cincuenta por ciento de los ingresos netos si hay tres o más hijos y se distribuirán de manera equitativa”.

 

En el caso de la propuesta hecha por Quincho Barrilete, Karla Nicaragua, explicó  “que no se está pidiendo que se cambien esos porcentajes, sino que se haga una modificación en el sentido de que, cuando un juez tasa una pensión, no incluya en ese monto total del 25, 35 o del 50%,  todo lo que tiene para bien del crecimiento y desarrollo de ese niño”.

 

“Hay gastos que son eventuales, por ejemplo, el ingreso a clase, que en el mes de enero representa un gran gasto para una madre o un padre, porque debe comprar útiles, cuadernos, libros y uniformes, entonces se propone establecer que, aparte de esa pensión alimenticia, sin subir esos montos, que el padre y la madre asuman el 50% de esos gastos eventuales, que se dan una o dos veces al año”, señaló Nicaragua.

 

También se propone que sea así para “gastos de salud y de cualquier otro  gasto que sea extraordinario y que esto se deje establecido” en el código, explicó la asesora legal de Quincho Barrilete.

 

También se ha propuesto, agregó Nicaragua, establecer una flexibilidad que permita aumentar el monto de pensión alimenticia cuando el hijo o hija tenga una discapacidad o enfermedad severa.

Fuente: El Nuevo Diario