Estados Unidos alerta sobre prohibición de usar drones en Nicaragua
La embajada de los Estados Unidos en Managua, emitió una alerta a sus viajeros sobre la prohibición del uso de drones en Nicaragua
DaríoMedios Internacional
1/5/20252 min read


La embajada de los Estados Unidos en Managua, emitió una alerta a sus viajeros sobre la prohibición del uso de drones en Nicaragua, advirtiendo sobre posibles sanciones penales por posesión de estos artefactos voladores no tripulados.
El pasado 11 de diciembre, la Asamblea Nacional, controlada por diputados sandinistas, aprobaron la “Ley para la Regulación y Uso de Recursos Aéreos, Navales y Terrestres No Tripulados”, enviada por el dictador Daniel Ortega y su esposa Rosario Murillo con carácter de urgencia.
“Los drones están prohibidos en Nicaragua desde 2014, en virtud de un aviso administrativo emitido por el Instituto Nicaragüense de Aeronáutica Civil”, publicó la Embajada en su sitio web.
La Ley para regulación y empleo de medios aéreos, navales y terrestres no tripulados prohíbe la tenencia y el sobrevuelo de estos artefactos en el país y en particular en puntos sensibles, como el espacio aéreo de la residencia y despacho de Ortega y Murillo en el residencial El Carmen, en Managua.
También restringen el sobrevuelo de artefactos sobre instituciones estatales como la Jefatura Nacional de la Policía, la Comandancia General del Ejército de Nicaragua, entre otras.
La nueva norma clasifica los drones como “una amenaza y riesgo” para la paz, soberanía, independencia, autodeterminación, integridad territorial, operaciones aéreas, navales y terrestres, y la infraestructura crítica del país.
“Se prohíbe el sobrevuelo de los medios aéreos no tripulados en las siguientes áreas: Presidencia de la República, sedes de los Órganos del Estado, Comandancia General del Ejército de Nicaragua, Jefatura Nacional de la Policía Nacional, Ministerio del Interior, áreas restringidas aeronáuticas, infraestructuras críticas, objetivos estratégicos, unidades militares, policiales y dependencias subordinadas al Ministerio del Interior”, dice el punto dos del artículo 8 de la ley.
Drones deberán ser entregados al Ministerio del Interior
Las personas naturales o jurídicas que tengan drones, deberán entregarlos al Ministerio del Interior (Mint) en un plazo de 30 días, que vence el 11 de enero de 2025.
En el artículo 3 se establece que la Presidencia de la República que ahora comparten el dictador de 79 años y su mujer Rosario Murillo, es la “única entidad que puede autorizar y el empleo de estos medios” que pueden ser aéreos, navales o terrestres.
De acuerdo con la Ley, las únicas instituciones autorizadas para ingresar y emplear medios no tripulados son el Ejército, la Policía y el Ministerio del Interior “para fines de la seguridad y defensa nacional, así como para la seguridad ciudadana”.
Además, se creó una oficina para la vigilancia y control sobre el uso de drones en Nicaragua, que estará adscrita al Ministerio del Interior.
La Dirección General de Servicios Aduaneros, antes del 11 de enero, deberá presentar a la Autoridad de Aplicación el registro y bases de datos de medios aéreos no tripulados que han ingresado al país cumpliendo la tramitología de los servicios aduaneros.
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