Corte IDH ordena al régimen revertir la “muerte civil” impuesta a 122 nicaragüenses
La Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó al Estado de Nicaragua que revierta la muerte civil impuesta a 122 nicaragüenses y que informe sobre el paradero de los presos políticos desaparecidos.
ESCENARIO NACIONALNACIÓN
Daríí Medios 6
4/12/20252 min read


La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ordenó a la dictadura de Daniel Ortega y Rosario Murillo revertir la “muerte civil” impuesta a 122 personas a las que privó de la nacionalidad, desterró y confiscó sus propiedades.
Las 122 personas afectadas son excarcelados políticos, defensores de derechos humanos, periodistas y líderes sociales, a quienes además de despojarlos de la nacionalidad, eliminaron sus registros legales, condenándolos a muerte civil.
En su resolución, la Corte IDH con sede en Costa Rica, emitió dictaminó en el caso “Juan Sebastián Chamorro y otros vs. Nicaragua”, que en Nicaragua existe una situación de extrema gravedad, urgencia y riesgo de daño irreparable que enfrentan 122 personas identificadas como opositoras al régimen.
Entre los beneficiarios de esta sentencia de la Corte Interamericana hay ciudadanos que siguen injustamente encarceladas, como es el caso del opositor Jaime Navarrete y el abogado José Manuel Urbina Lara, quienes están en las mazmorras de la dictadura a pesar haber cumplido sus condenas.
En reiteradas ocasiones, doña Margin Blandón, madre de Navarrete ha reclamado a la dictadura la libertad de su hijo. La represión del régimen Ortega Murillo ni siquiera le ha permitido ingresar al a Nicaragua para que vea a su hijo, porque le mantiene un destierro de facto, denunció la Corte.
“La situación actual ha generado una forma de muerte civil, despojando a las y los beneficiarios de su existencia legal y, con ello, de la posibilidad de ejercer sus derechos ante Nicaragua y otros Estados”, advierte el tribunal en su resolución del 8 de abril.
Periodista Leo Cárcamo desaparecido
La Corte también alertó sobre el caso de Steadman Fagoth Muller y el periodista Catalino Leo Cárcamo Herrera, cuyos paraderos son desconocidos, colocándolos en una situación de riesgo aún más grave. La Corte también ordenó al Estado que informe con claridad dónde se encuentran y facilite el contacto inmediato con sus familiares y abogados.
Aunque muchas de estas personas fueron excarceladas o expulsadas del país, la Corte sostiene que el riesgo persiste, ya que se mantiene el mismo contexto de persecución sistemática que dio origen a las violaciones.
Esta sentencia además resalta como medidas violatorias la revocatoria de la nacionalidad, el impedimento de ingreso a Nicaragua, la eliminación de registros públicos y la confiscación de bienes. “Estas medidas constituyen una amenaza directa al derecho a la personalidad jurídica y a la nacionalidad, afectando también el acceso a otros derechos fundamentales”, detalla la Corte.
La resolución enumera entre esos derechos: el nombre, estado civil, nacionalidad, libertad personal, vida privada y familiar, libre circulación, derechos de la niñez y derechos políticos. También advierte que estas prácticas afectan incluso a los hijos e hijas de los afectados.
El tribunal regional también recordó que a pesar que la dictadura haya abandonado la Organización Americana de Estados Americanos (OEA), el Estado sigue obligado a cumplir con la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Además, reiteró que el Estado permanece en desacato por no acatar las órdenes previas de la Corte en este mismo caso.
La Corte ordenó:
Mantener las medidas provisionales para las 122 personas protegidas.
Revocar todas las decisiones que configuran la “muerte civil”.
Informar con claridad sobre el paradero de las personas desaparecidas.
Presentar un informe ante el Consejo Permanente de la OEA sobre el incumplimiento sistemático.
